<img height="1" width="1" src="https://www.facebook.com/tr?id=133206463822786&amp;ev=PageView%20&amp;noscript=1">

IVA y exportaciones a Canarias

Cómo deducir el IVA timer 3 min.
Myriam Zanatta

Las empresas de la península con clientes en Canarias a menudo se encuentran con un dilema: ¿Hay que aplicar el IVA a las exportaciones al archipiélago canario? ¿O aplicarle el IGIC?

En primer lugar, hay que tener en cuenta que Canarias no es territorio de aplicación de IVA. Es decir que las ventas realizadas en estas islas no tienen que pagar el Impuesto sobre el Valor Añadido. Por contra, existe un tributo con características similares, el IGIC o Impuesto General Indirecto Canario.

El_IVA_y_las_exportaciones_a_Canarias

Se trata de un impuesto de naturaleza indirecto que grava la entrega de bienes y servicios realizados por profesionales en la Comunidad Canaria, además de las importaciones efectuadas a este territorio. al igual que el IVA peninsular, este impuesto recae sobre el consumidor final, trasladándose de una etapa de producción a otra. El IGIC tributa con unos tipos distintos al IVA:

  • Tipo cero: 0%. Aplicable a la entrega de agua, libros, periódicos y revistas, productos sanitarios, alimentos, transporte aéreo de viajeros y obras en viviendas de protección oficial.

  • Tipo reducido: 3%. Aplicable a la minería, transporte terrestre, reparación de vehículos, industria química, textil, maderera, papelera.

  • Tipo general: 7%. Aplicable sobre la mayoría de productos, los que no están recogidos en los otros supuestos.

  • Tipo incrementado y tipo especial incrementado: 9,5% y 13,5% respectivamente. aplicable a bebidas alcohólicas, joyería, cartuchería, peletería y perfumería.

  • Tipos especiales: 25% y 30%. El primer se aplica para la elaboración de tabaco negro y el segundo para la elaboración de tabaco rubio.

 

Una vez aclarado esto, las empresas que tienen negocios en Canarias deben tener en cuenta a la hora de hacer las facturas que, como no es un territorio de aplicación de IVA, las exportaciones están exentas de este tributo. Pero la empresa exportadora tampoco tiene que aplicar el Impuesto General Indirecto Canario: al llegar a las islas, los envíos pasan por aduanas internas, donde se les aplicará directamente el IGIC que les corresponda, además de las tasas aduaneras. Por lo que el comprador pagará el impuesto que le corresponde directamente a la administración canaria.

Para el presente post, hemos contado con la ayuda de:

eduardo-de-mesa 

 

Eduardo de Mesa

Economista y socico-fundador de De Mesa y Vertiz Consultores.

 



Suscríbete a nuestro blog y no te pierdas las novedades