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Deducción fiscal: principales claves y novedades

Cómo deducir el IVA timer 4 min.
Sandra Teruel

Nuestro modelo socioeconómico se basa en la distribución de los recursos y los beneficios económicos, de manera que queden garantizados los servicios básicos y la protección de la población. Para ello, el Estado recauda una parte de las ganancias y beneficios de empresarios, autónomos y empleados.

Para evitar desequilibrios e injusticias en la cantidad de dinero a pagar vía impuestos, es fundamental conocer con detalle el sistema de deducciones y reducciones fiscales. De lo contrario, se acaban gravando unos supuestos rendimientos económicos, que en realidad no lo son, por tratarse de inversiones o por estar sujetos a incentivos. Hace unas semanas publicamos un post en el que explicamos cómo deducir IVA de gastos no deducibles que también puede interesarte.

Aunque el tema de la deducción fiscal es bastante amplio, en el presente artículo vamos a tratar de desvelar, de manera sintética y clara, las claves más importantes, así como las novedades de mayor calado.

Deducciones, reducciones e incentivos fiscales para PYMES y Autónomos. Novedades introducidas por el RDL 4/2013

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Tras muchos años en los que ha primado el aumento indiscriminado de los impuestos, la tendencia actual es incrementar los incentivos a empresas y emprendedores con el objeto de estimular el crecimiento económico y crear ocupación.

Esta nueva línea de actuación se ha plasmado y concretado en el Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de ocupación, cuyas principales novedades te explicamos a continuación.

Deducciones, reducciones e incentivos fiscales para PYMES y Autónomos. Novedades introducidas por el RDL 4/2013

Tras muchos años en los que ha primado el aumento indiscriminado de los impuestos, la tendencia actual es incrementar los incentivos a empresas y emprendedores con el objeto de estimular el crecimiento económico y crear ocupación.

Esta nueva línea de actuación se ha plasmado y concretado en el Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de ocupación, cuyas principales novedades son:

  • Deducción del 20% del rendimiento neto positivo. Esta medida va dirigida a PYMES de menos de 25 trabajadores y autónomos durante los dos primeros años en que se generen beneficios. Para poder disfrutar de este incentivo fiscal se deben cumplir ciertos requisitos como: tener un importe neto de negocio inferior a 5 millones de euros, mantener o aumentar las plantillas o acogerse al régimen de estimación directa.
  • Nueva criterio de IVA de caja. Se crea un régimen especial para PYMES y autónomos cuyos ingresos anuales no exceda los 2 millones de euros, de carácter voluntario, que permite retrasar el ingreso del impuesto de Hacienda hasta que no se haya hecho efectivo el cobro de la factura.
  • Deducciones en el Impuesto de Sociedades. Las empresas que facturen anualmente menos de diez millones de euros y los autónomos pueden deducirse hasta un 10% de los beneficios que reinviertan en su actividad económica. Por otro lado, las empresas constituidas a partir del 1 de enero de 2013 tributarán a un tipo más reducido durante los dos primeros ejercicios en los que obtengan beneficios. En concreto, el tipo aplicado será del 15% para los primeros 300.000 euros y del 20% para los siguientes.

Incentivos para la I+D+i

La Investigación, Desarrollo e Innovación es un factor clave para que las empresas den el salto cualitativo definitivo para lograr los niveles de productividad y competitividad necesarios en una economía cada vez más globalizada y competitiva.

En España, diversas leyes y normativas han ido incentivando progresivamente los gastos e inversión en I+D+i hasta llegar a la situación actual, que permite los siguientes porcentajes de deducción:

  • Un 25% de los gastos asociados a los proyectos de investigación y desarrollo. A lo que habría que sumar un 8% para innovación, que asciende al 12% para los ejercicios fiscales posteriores al 4 de marzo de 2012.
  • Desgravación del 42% de los gastos derivados directamente del personal dedicado exclusivamente a esta actividad.
  • El material e infraestructuras tienen una reducción del 8%, quedando excluidos los inmuebles y terrenos.
Frente a las subvenciones, los incentivos por I+D+i tienen las siguientes ventajas: no tributan, la aplicación es libre, no están sometidos a concurrencia competitiva, la deducción es proporcional al gasto y se puede aplicar en ejercicios posteriores

Otras reducciones y deducciones en la declaración de IRPF

Tanto para trabajadores por cuenta ajena como autónomos, existen deducciones por determinadas aportaciones y primas que sirven para disminuir las cantidades obtenidas a la hora de establecer la base del cálculo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Algunos ejemplos serían:

  • Aportaciones y contribuciones a: planes de pensiones, mutualidades y planes de previsión social, protección de personas disminuidas y pensiones compensatorias.
  • Primas satisfechas a seguros privados y planes de previsión de asegurados.
En cualquier caso, la suma máxima de cantidades a deducir por estos conceptos no puede exceder de 9.015,18 euros anuales

Conviene aprovechar al máximo todas las posibilidades legales para obtener deducciones, reducciones e incentivos en nuestras actividades económicas. Para lograrlo, es esencial disponer de información actualizada y pormenorizada, así como de un asesoramiento idóneo en materia fiscal por parte de profesionales especializados que estén al corriente de unas novedades legislativas que, finalmente, parecen avanzar hacia la puesta en marcha de incentivos para la creación y desarrollo de nuevas empresas y negocios.

Image(s): FreeDigitalPhotos.net


exprimiendo facturas: guía práctica para deducir el IVA

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