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Las 3 diferencias del SII respecto al actual modelo de gestión del IVA

Olga Tomàs
Workflow Gastos de Representación SUPERIOR

El nuevo método de gestión del IVA impulsado por la AEAT va a suponer un antes y un después en la relación de las empresas con la Administración Tributaria. Descubre las diferencias entre el actual sistema y el SII.

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diferencias_sii.jpgEl Suministro Inmediato de Información va a dar una vuelta de 180º a la gestión del IVA en España. De hecho, una de sus principales características es la inmediatez en la remisión de información de las facturas enviadas y recibidas.

Por tanto, una de las grandes diferencias respecto el actual sistema de gestión de dicho impuesto es los tempos en remitir información a la AEAT. Hoy la presentación de las declaraciones relacionadas con el IVA (Modelos 340, 347, 390) está limitada a unos plazos determinados (mensual, trimestral o anual). Esos plazos permiten a las empresas tener más tiempo para decidir cómo contabilizar las facturas. Es decir, si se consideran inversión o bienes corrientes, por ejemplo. En cambio, con el nuevo sistema las empresas tendrán 4 días desde la fecha de expedición o recepción de la factura para enviar toda la información requerida  a la AEAT.

Otra de las grandes diferencias es la cantidad de información. A través de este nuevo método de gestión las empresas tendrán que remitir más información que la que actualmente se suministra en las declaraciones del IVA. Además, el nuevo sistema de gestión está previsto que elimine la posibilidad de realizar asientos resúmenes (anuales, trimestrales y mensuales). Así pues, las empresas que deben incorporarse al SII de manera obligatoria deberán construir un flujo de información constante para poder cumplir con los requisitos establecidos por la AEAT.

Agilizar la capacidad de respuesta será otro de los retos que las empresas deberán cumplir ante el SII. De hecho, la información requerida por la Agencia Tributaria suele estar dispersa en varios programas de gestión o ERP. Por tanto, el SII obligará a las empresas a aumentar la capacidad de respuesta en la gestión y tramitación de datos.

Así pues, la futura modernización de la gestión del IVA planteará un cambio de paradigma respecto a cómo se entiende la gestión del IVA hoy.  Por tanto las empresas afectadas por el futuro SII este 2016 deben hacer los deberes para tenerlo todo a punto. Dichas empresas deberán revisar los sistemas de información y que verifiquen si cumplen de manera escrupulosa lo que marca la norma, en especial, lo previsto en el Reglamento de Facturación RD 1619/2012, en todo lo referente a los requisitos que deben cumplir las facturas, artículos 6 a 16. También se debe tener muy presente lo previsto en la LIVA, Llei 37/1992, en concreto aquello que hace referencia al régimen de deducciones del IVA soportado, artículos 92 y siguientes.

 

  

 

 

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